Instituto de Idiomas


Asistencia a clases

A los estudiates registrados en las asignaturas de Inglés I, Inglés II, Inglés III e Inglés Intensivo en el centro de idiomas se les recuerda lo que establece el Reglamento de Régimen Académico Interno de la Uleam:

«Art. 31.- Cupos y paralelos.- De conformidad con el número de estudiantes y las características de cada carrera, los Consejos de Facultad establecerán el número máximo y mínimo de estudiantes por paralelo, el cual, no debe exceder el número de cuarenta. Una vez concluido los períodos ordinarios y extraordinario de matriculación, cada Unidad Académica consultará en la base de datos del sistema de gestión académica el número de estudiantes matriculados en cada asignatura, y estructurará los paralelos que sean necesarios de acuerdo con sus disponibilidades de infraestructura de aulas y laboratorios. Esta estructuración se actualizará en el mismo sistema informático de gestión académica. 

Una vez que se completen los cupos de los paralelos que se abran en cada período académico y/o asignatura, por ningún concepto, se admitirá cambios de paralelo.

 Artículo 33.- Retiro de una asignatura.– Un estudiante podrá retirarse de una o varias asignaturas en un período académico en situaciones de caso fortuito o fuerza mayor, enfermedad, embarazo o situaciones similares debidamente documentadas, que le impidan continuar sus estudios. El plazo para este retiro será de 30 días contados a partir de la fecha de inicio de las actividades en cada período académico. Estos casos serán conocidos y aprobados por el Consejo de Facultad. En caso de retiro, la matrícula correspondiente a la o las asignaturas quedará sin efecto y no se contabilizará para la aplicación de lo establecido en el Art. 84 de la LOES, para las terceras matrículas.

Artículo 65.- Asistencia a clases por asignatura.- Para aprobar cada una de las asignaturas en las que el estudiante se haya matriculado, se requiere su asistencia a por lo menos el 75% de las clases efectivas, de carácter teórico o práctico, en la institución o fuera de ella, que el docente debe desarrollar de conformidad con el  programa de Estudios de cada Asignatura.

La asistencia de los estudiantes debe ser registrada por el docente al inicio de cada clase, con una espera máxima de 15 minutos, pasados los cuales se considerará falta, aun en el caso de que el docente permita el ingreso del estudiante.

Con igual criterio, los estudiantes solo esperarán la llegada del docente e inicio de la clase por un tiempo máximo de 15 minutos, pasados los cuales informarán a la Secretaría de la Facultad para que registre la asistencia de los estudiantes y registre la ausencia del docente.

La asistencia de los estudiantes registrada por los docentes deberá ser ingresada por los mismos docentes al sistema electrónico de ingreso de calificaciones, junto con las notas parciales o finales.»